En Servanda, queremos proteger tu derecho a las vacaciones (2ª parte) y te explicamos como:
Hemos explicado las nociones básicas del derecho a las vacaciones aquí.
¿Es legal que la dirección de la empresa te avise de un día para otro que estás de vacaciones?
NO, sin excepciones.
Tanto si las tenías fijadas ya como si no, como si estaban pendientes del año anterior.
Si te pasa o directamente te envían a tu casa, escríbenos inmediatamente y pídenos cita.
¿Qué tengo que hacer?
En cualquier situación, ¡generar prueba de que esto ha sucedido!
¿Cómo?
Necesitas que te lo pongan por escrito (WhatsApp, email, sms SIRVE). En último caso, grabación en la que PARTICIPES (lo contrario es ilegal y contraproducente), en la que reconozcan esta situación y que es contra tu voluntad.
¿Y después?
Saber que teniendo prueba de ello podrás defenderte en dos situaciones distintas.
De manera activa, podrás reclamar en el juzgado que se impugne tal decisión y, por tanto, la realidad es que te suspenden de empleo, pero no de sueldo. No es una sanción. Siendo que las fechas indicadas deben ser cobradas y no descontadas del tiempo de vacaciones al que tienes derecho.
De manera pasiva, quizá a los cuatro/cinco días recibirás un burofax indicándote que no has acudido a trabajar, por lo que proceden a aplicar sanción disciplinaria, despido o suspensión de empleo y sueldo, además de no pagar los días que te han enviado a casa. En este caso, se impugnaría la decisión demostrando que te han tendido una trampa.
En ambos casos hay 20 días hábiles desde la decisión para iniciar el proceso de impugnar esa decisión.
Si tenéis dudas, un problema con esta cuestión, contactad con info@servanda.es o en el 623180730.
